Las zambombas navideñas en Chiclana se regulan por la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos públicos y actividades recreativas, así como por el Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario.
La alcaldía ha firmado el bando de años anteriores, en el que constan las órdenes, indicaciones y consejos que regularán las zambombas navideñas de 2022.
Zambombas navideñas en Chiclana: regulación y horarios
Las Zambombas se podrán celebrar en Chiclana entre el 27 de noviembre y el 24 de diciembre, siempre en el horario comprendido entre las 14.00 a 00.00 horas.
Los organizadores deberán solicitar la autorización de actividad extraordinaria al ayuntamiento con un plazo de 10 días hábiles para propietarios de establecimientos y 15 días hábiles para espectáculos en la vía pública. Los interesados podrán acudir a la ventanilla virtual para hacer sus solicitudes. Destacar que el Ayuntamiento tan solo otorgará un máximo de tres autorizaciones por local.
No deberán solicitar la autorización las celebraciones privadas o familiares así como los establecimientos que dispongan de la licencia municipal para establecimientos de ocio y esparcimiento.